Publicada el pasado 26 de enero, la Orden de 11 de enero del 2001 establece
el contenido m�nimo necesario del informe que los consejeros de seguridad que
trabajan en el sector de mercanc�as peligrosas deben elaborar para las empresas
contratantes.
De periodicidad anual, en el informe se debe incluir la identificaci�n del
consejero y de la empresa; descripci�n de la actividad implicada y de los modos
de transporte utilizados; los datos de la mercanc�a y de las operaciones
implicadas; el ambito territorial de la actividad de la empresa; la relaci�n de
veh�culos y equipos de transporte empleados; la formaci�n de los empleados de la
empresa y la comprobaci�n de actividades de la
misma.